{"id":348,"date":"2024-10-23T22:02:08","date_gmt":"2024-10-24T01:02:08","guid":{"rendered":"https:\/\/diarioelfederaense.com.ar\/?p=348"},"modified":"2024-10-23T22:02:10","modified_gmt":"2024-10-24T01:02:10","slug":"en-entre-rios-le-dicen-fuera-a-milei-y-se-sigue-cobrando-alumbrado-publico-en-facturas-de-luz","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/diarioelfederaense.com.ar\/?p=348","title":{"rendered":"EN ENTRE R\u00cdOS LE DICEN \u00abFUERA\u00bb A MILEI Y SE SIGUE COBRANDO ALUMBRADO P\u00daBLICO EN FACTURAS DE LUZ"},"content":{"rendered":"<p>El presidente de la Cooperativa El\u00e9ctrica de Concordia, Marcelo Spinelli, revel\u00f3 que ninguna de las distribuidoras de electricidad de la provincia de Entre R\u00edos est\u00e1n aplicando la Resoluci\u00f3n 267 de la Secretar\u00eda de Industria y Comercio de la Naci\u00f3n, que en el mes de septiembre prohibi\u00f3 a los prestadores de servicios p\u00fablicos incluir en sus facturas conceptos diferentes al servicio efectivamente prestado. La disposici\u00f3n hab\u00eda provocado desaz\u00f3n en los municipios que cobran el alumbrado p\u00fablico a trav\u00e9s de las facturas de electricidad, como el caso de Concordia, por la eventual ca\u00edda en la cobrabilidad. Sin embargo, el Ente Provincial Regulador de la Energ\u00eda (EPRE) consider\u00f3 que Naci\u00f3n no tiene atribuciones para disponer algo as\u00ed en el territorio entrerriano.<br \/>\nRespecto de la Resoluci\u00f3n 267 de la Secretar\u00eda de Industria y Comercio de la Naci\u00f3n, cuya aplicaci\u00f3n hubiese correspondido a la Cooperativa El\u00e9ctrica, Spinelli repas\u00f3 que \u00ablo primero que hicimos (cuando sali\u00f3 la Resoluci\u00f3n) r\u00e1pidamente y creo que fuimos los \u00fanicos, le mandamos una nota al EPRE (Ente Provincial Regulador de la Energ\u00eda), que es nuestro regulador de la provincia que dicta las normas que nosotros tenemos que cumplir, para que nos d\u00e9 instrucciones respecto a la resoluci\u00f3n 267 de la Secretar\u00eda de Industria y Comercio del Ministerio de Econom\u00eda de la Naci\u00f3n\u00bb.<\/p>\n<p>Complet\u00f3 que \u00ab\u00faltimo momento nos mandan un dictamen del asesor legal del EPRE, un buen dictamen, que luego de analizar pormenorizadamente la normativa legal aplicable, en su opini\u00f3n la Naci\u00f3n no tiene competencia para incidir en la conformaci\u00f3n de la factura\u00bb. Profundiz\u00f3 que \u00abmientras no tengamos de nuestra autoridad una indicaci\u00f3n de c\u00f3mo actuar seguimos de la misma manera\u00bb.<\/p>\n<p>Coment\u00f3 que \u00aben la provincia de Entre R\u00edos ninguno acat\u00f3 la resoluci\u00f3n nacional y seguimos aplicando la tasa de alumbrado pero no es un tema nuestro, nosotros tenemos que cumplir con la normativa con las instrucciones que nos indican\u00bb.<\/p>\n<p>Remarc\u00f3 que para la Cooperativa El\u00e9ctrica la autoridad de aplicaci\u00f3n es el EPRE y record\u00f3 que \u00abadem\u00e1s hay un decreto del gobierno provincial del a\u00f1o 97, creo que era con Jorge Busti, que autorizaba a los municipios a cobrar la tasa de alumbrado en la factura de energ\u00eda el\u00e9ctrica\u00bb.<\/p>\n<p>\u00abEntonces -insisti\u00f3- tenemos normas propias y el propio EPRE tiene una norma que reglamenta esta autorizaci\u00f3n as\u00ed que hasta que no tengamos claramente una instrucci\u00f3n nosotros seguimos en toda la provincia, ENERSA y las 18 cooperativas actuando con el mismo criterio\u00bb.<\/p>\n<p>La Resoluci\u00f3n 267<\/p>\n<p>La Resoluci\u00f3n 267\/24 de la Secretar\u00eda de Industria y Comercio del Ministerio de Econom\u00eda entr\u00f3 en vigencia el pasado 11 de octubre. Establece que las facturas y comprobantes no podr\u00e1n incluir cargos ajenos a los bienes y servicios contratados, con lo cual no se podr\u00e1n incluir otros cargos como tasas e impuestos.<\/p>\n<p>Dice que en caso de incumplimiento, los consumidores podr\u00e1n denunciar las irregularidades a trav\u00e9s de la casilla de correo electr\u00f3nico denunciatufactura@comercio.gob.ar. La resoluci\u00f3n, publicada el 10 de septiembre de este a\u00f1o, otorgaba a las empresas un plazo de 30 d\u00edas para que adecuen el modelo de facturaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Las empresas que no cumplan con la normativa podr\u00e1n ser sancionadas de acuerdo a las penalidades previstas en la Ley N\u00ba 24.240 y sus modificatorias de Defensa del Consumidor y normas reglamentarias. Entre otras sanciones posibles, se encuentran la apertura de un sumario administrativo y la aplicaci\u00f3n de multas.<\/p>\n<p>El art\u00edculo 4 de dicha ley dispone que los proveedores de bienes y servicios est\u00e1n obligados a suministrar al consumidor en forma cierta, clara y detallada todo lo relacionado con las caracter\u00edsticas esenciales de los bienes y servicios que proveen, y las condiciones de su comercializaci\u00f3n. El art\u00edculo 8 bis de la ley exige a los proveedores dispensar un trato digno y equitativo a los consumidores.<\/p>\n<p>La resoluci\u00f3n 267\/24 de Industria y Comercio se complementa con las resoluciones del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) y del Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) publicadas esta semana, en las que se proh\u00edbe incluir en las facturas conceptos ajenos a los servicios prestados.<\/p>\n<p>Fuente: Redes de Noticias y programa \u00abLo que queda del d\u00eda\u00bb, de radio O\u00edd Mortales.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El presidente de la Cooperativa El\u00e9ctrica de Concordia, Marcelo Spinelli, revel\u00f3 que ninguna de las distribuidoras de electricidad de la provincia de Entre R\u00edos est\u00e1n aplicando la Resoluci\u00f3n 267 de la Secretar\u00eda de Industria y Comercio de la Naci\u00f3n, que en el mes de septiembre prohibi\u00f3 a los prestadores de servicios p\u00fablicos incluir en sus [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":349,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_et_pb_use_builder":"","_et_pb_old_content":"","footnotes":""},"categories":[7,1],"tags":[],"class_list":["post-348","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-provinciales","category-sin-categoria"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/diarioelfederaense.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/348"}],"collection":[{"href":"https:\/\/diarioelfederaense.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/diarioelfederaense.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diarioelfederaense.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diarioelfederaense.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=348"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/diarioelfederaense.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/348\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":350,"href":"https:\/\/diarioelfederaense.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/348\/revisions\/350"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diarioelfederaense.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/349"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/diarioelfederaense.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=348"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/diarioelfederaense.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=348"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/diarioelfederaense.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=348"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}