{"id":11351,"date":"2026-10-27T10:39:40","date_gmt":"2026-10-27T13:39:40","guid":{"rendered":"https:\/\/diarioelfederaense.com.ar\/?p=11351"},"modified":"2026-10-27T10:39:40","modified_gmt":"2026-10-27T13:39:40","slug":"concejales-de-chajari-presentaron-una-denuncia-penal-por-abuso-de-autoridad-y-violacion-de-los-deberes-de-funcionario-publico","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/diarioelfederaense.com.ar\/?p=11351","title":{"rendered":"Concejales de Chajar\u00ed presentaron una Denuncia Penal por \u201cabuso de autoridad y violaci\u00f3n de los deberes de funcionario p\u00fablico\u201d"},"content":{"rendered":"\n<p>En la tarde de este lunes se conoci\u00f3 la presentaci\u00f3n por parte de Concejales de la ciudad de Chajar\u00ed, integrantes de \u201cM\u00e1s para Entre R\u00edos\u201d, Roque Mary Dalpr\u00e1 y Mirian Etchevarne, de una denuncia penal por presunta \u201ccomisi\u00f3n del Delito de Abuso de Autoridad y Violaci\u00f3n de los Deberes de Funcionario P\u00fablico\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Los concejales de la oposici\u00f3n peronista centran la presentaci\u00f3n ante el presunto incumplimiento de la Ley Nacional N\u00b025.916 \u201cGesti\u00f3n de Residuos Domiciliarios\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>B\u00e1sicamente hacen hincapi\u00e9 no solamente en el tratamiento operativo del residuo, sino tambi\u00e9n de la gesti\u00f3n en los recursos humanos disponibles para dicha operatividad, particularmente en la falta de seguridad humana de quienes trabajan all\u00ed.<\/p>\n\n\n\n<p>En el escrito ante la Fiscal\u00eda local tanto Dalpr\u00e1 como Etchevarne exponen que \u201cdesde hace un tiempo a esta parte, hemos constatado visualmente que no se estar\u00eda realizando la correcta separaci\u00f3n de residuos, lo que tendr\u00eda como consecuencia el entierro de residuos sin tratar, en forma permanente desde hace varios meses, adem\u00e1s de la falta de protecci\u00f3n de los operarios que realizan su trabajo sin las adecuadas medidas de seguridad\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>En otro p\u00e1rrafo de la denuncia dicen \u201cse ha podido constatar visualmente en el predio de la PTRSU de Chajar\u00ed, la misma no estar\u00eda operando bajo los est\u00e1ndares t\u00e9cnicos de tratamiento para los cuales fue dise\u00f1ada, procedi\u00e9ndose presuntamente al entierro en crudo (sin tratamiento) de residuos urbanos y asimilables sin la correspondiente separaci\u00f3n ni impermeabilizaci\u00f3n del suelo\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEstas maniobras conllevar\u00edan la generaci\u00f3n de lixiviados (l\u00edquidos altamente contaminantes derivados de la descomposici\u00f3n de la basura) que permean directamente sobre las napas de agua subterr\u00e1nea y el suelo, configurando un peligro inminente y un da\u00f1o real a la salud de la poblaci\u00f3n de Chajar\u00ed y al ecosistema local. Asimismo, se denuncia la presunta falta de condiciones sanitarias y de bioseguridad del personal abocado a las tareas\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>DENUNCIA TEXTUAL PRESENTADA ANTE LA FISCALIA DE CHAJARI<\/p>\n\n\n\n<p>FORMULAN DENUNCIA PENAL POR PRESUNTA COMISI\u00d3N DEL DELITO DE ABUSO DE AUTORIDAD Y VIOLACI\u00d3N DE LOS DEBERES DE LOS FUNCIONARIOS P\u00daBLICOS PREVISTO Y REPRIMIDO POR EL ART\u00cdCULO ART. 248 DEL C\u00d3DIGO PENAL ANTE POSIBLE INCUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LA LEY NACIONAL N\u00b025.916 (GESTI\u00d3N DE RESIDUOS DOMICILIARIOS)<\/p>\n\n\n\n<p>SE\u00d1OR FISCAL DE LA<\/p>\n\n\n\n<p>UNIDAD FISCAL DE CHAJAR\u00cd<\/p>\n\n\n\n<p>ETCHEVARNE MIRIAN CRISTINA DNI 17.578.055, domiciliada en Av. 9 de Julio 3574 y MARY DALPRA ROQUE JOSE DNI 28.590.095, domiciliado en Av. Hip\u00f3lito Irigoyen 2650, ambos de esta ciudad y en car\u00e1cter de Concejales de la ciudad de Chajar\u00ed , constituyendo domicilio a los efectos legales en Av. Hip\u00f3lito Irigoyen 2650 de la ciudad de Chajar\u00ed, nos presentamos respetuosamente y decimos:<\/p>\n\n\n\n<p>OBJETO<\/p>\n\n\n\n<p>Venimos por la presente a formular formal denuncia penal por presunta comisi\u00f3n del delito de abuso de autoridad y violaci\u00f3n de los deberes de los funcionarios p\u00fablicos previsto y reprimido por el art\u00edculo art. 248 del c\u00f3digo penal ante el posible incumplimiento a lo dispuesto en la ley nacional N\u00b025.916 (gesti\u00f3n de residuos domiciliarios), en virtud de los hechos que se exponen a continuaci\u00f3n, ocurridos en el predio de la Planta de Tratamiento de Residuos S\u00f3lidos Urbanos (PTRSU), ubicada en calle Concordia y Lombard\u00eda de la ciudad de Chajar\u00ed, Entre R\u00edos.<\/p>\n\n\n\n<p>La presente denuncia se dirige contra los responsables directos de la operaci\u00f3n de dicha planta, las autoridades municipales con competencia en el \u00e1rea ambiental y de servicios p\u00fablicos, y\/o cualquier otra persona que la investigaci\u00f3n determine como autor, coautor o part\u00edcipe de los hechos denunciados.<\/p>\n\n\n\n<p>II. HECHOS<\/p>\n\n\n\n<p>La Planta de Tratamiento de Residuos S\u00f3lidos Urbanos de nuestra ciudad fue inaugurada el 09 de junio de 2003, teniendo como objetivo la erradicaci\u00f3n del basural a cielo abierto que se encontraba al norte de nuestra ciudad.<\/p>\n\n\n\n<p>Que durante muchos a\u00f1os la P.T.R.S.U. fue motivo de orgullo de nuestra ciudad, siendo pionera en muchas acciones como por ejemplo la creaci\u00f3n de la Planta Procesadora de Biodiesel, la Procesadora de Aceite, el tratamiento de Residuos Electr\u00f3nicos, la recolecci\u00f3n nocturna, la planta de acopio y recolecci\u00f3n de Residuos Patol\u00f3gicos, la planta de tratamiento de caucho, el proyecto de Recolecci\u00f3n de Residuos Inorg\u00e1nicos en Paraje las 14, y la fabricaci\u00f3n de bancos ecol\u00f3gicos con material reciclado. La Planta obtuvo adem\u00e1s el premio en Madrid (Espa\u00f1a) por el Proyecto Energ\u00eda Alternativa por la planta de biodiesel.<\/p>\n\n\n\n<p>Que, desde hace un tiempo a esta parte, hemos constatado visualmente que no se estar\u00eda realizando la correcta separaci\u00f3n de residuos, lo que tendr\u00eda como consecuencia el entierro de residuos sin tratar, en forma permanente desde hace varios meses, adem\u00e1s de la falta de protecci\u00f3n de los operarios que realizan su trabajo sin las adecuadas medidas de seguridad.<\/p>\n\n\n\n<p>Que conforme ha tomado estado p\u00fablico y se ha podido constatar visualmente en el predio de la PTRSU de Chajar\u00ed, la misma no estar\u00eda operando bajo los est\u00e1ndares t\u00e9cnicos de tratamiento para los cuales fue dise\u00f1ada, procedi\u00e9ndose presuntamente al entierro en crudo (sin tratamiento) de residuos urbanos y asimilables sin la correspondiente separaci\u00f3n ni impermeabilizaci\u00f3n del suelo.<\/p>\n\n\n\n<p>Estas maniobras conllevar\u00edan la generaci\u00f3n de lixiviados (l\u00edquidos altamente contaminantes derivados de la descomposici\u00f3n de la basura) que permean directamente sobre las napas de agua subterr\u00e1nea y el suelo, configurando un peligro inminente y un da\u00f1o real a la salud de la poblaci\u00f3n de Chajar\u00ed y al ecosistema local. Asimismo, se denuncia la presunta falta de condiciones sanitarias y de bioseguridad del personal abocado a las tareas.<\/p>\n\n\n\n<p>III. DERECHO<\/p>\n\n\n\n<p>Venimos a realizar la presente denuncia cumpliendo con lo establecido en el C\u00f3digo Procesal Penal de la Provincia de Entre R\u00edos en el Art. 235.- \u201cObligaci\u00f3n de denunciar. Deben denunciar el conocimiento que tengan sobre un delito de acci\u00f3n p\u00fablica, con excepci\u00f3n de los que requieren instancia o autorizaci\u00f3n para su persecuci\u00f3n, y sin demora:<\/p>\n\n\n\n<p>a) Los funcionarios y empleados p\u00fablicos que en el ejercicio de sus funciones adquieran conocimiento de un delito, salvo que pese sobre ellos el deber de guardar secreto\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Los hechos descriptos encuadrar\u00edan, en principio, en las previsiones del de la Ley 25.916 (GESTION DE RESIDUOS DOMICILIARIOS) que establece los presupuestos m\u00ednimos de protecci\u00f3n ambiental para la gesti\u00f3n integral de los residuos domiciliarios, sean \u00e9stos de origen residencial, urbano, comercial, asistencial, sanitario, industrial o institucional, con excepci\u00f3n de aquellos que se encuentren regulados por normas espec\u00edficas.<\/p>\n\n\n\n<p>Que al enterrarse residuos sin el debido tratamiento y de manera masiva, se generar\u00edan residuos peligrosos de origen biol\u00f3gico y qu\u00edmico (lixiviados y gases) sin control ni contenci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Por lo expuesto, solicitamos se investigue la posible comisi\u00f3n del delito de Abuso de autoridad y violaci\u00f3n de los deberes de los funcionarios p\u00fablicos, establecido en el Art. 248 del C\u00f3digo Penal, por parte de las autoridades municipales que ostentan el deber de control y polic\u00eda ambiental sobre el predio.<\/p>\n\n\n\n<p>PRUEBA OFRECIDA<\/p>\n\n\n\n<p>A fin de acreditar los extremos denunciados, solicitamos se arbitren los medios para producir la siguiente prueba:<\/p>\n\n\n\n<p>Documental\/Digital: Se adjuntan archivos de video, registros fotogr\u00e1ficos y copias de publicaciones period\u00edsticas locales de fecha reciente donde se constatan las excavaciones y el posible vuelco directo de residuos sin tratamiento en el predio.<\/p>\n\n\n\n<p>Pericial Ambiental: Solicitamos de manera urgente que se ordene un peritaje ambiental por parte de los peritos del Poder Judicial de Entre R\u00edos para que proceda a:<\/p>\n\n\n\n<p>Constatar la existencia de enterramientos de residuos sin tratamiento ni impermeabilizaci\u00f3n (membranas).<\/p>\n\n\n\n<p>Tomar muestras de suelo y de agua de las napas adyacentes para determinar la presencia de contaminantes o lixiviados.<\/p>\n\n\n\n<p>V. PETITORIO<\/p>\n\n\n\n<p>Por todo lo expuesto, a Usted Se\u00f1or Fiscal solicitamos:<\/p>\n\n\n\n<p>Nos tenga por presentados, por formulada la presente denuncia penal y por constituidos los domicilios legales indicado.<\/p>\n\n\n\n<p>Se inicie la correspondiente investigaci\u00f3n penal preparatoria (IPP).<\/p>\n\n\n\n<p>Se ordene la producci\u00f3n de la prueba solicitada con car\u00e1cter de urgente, en especial la inspecci\u00f3n ocular y pericial en el predio de la PTRSU para evitar la alteraci\u00f3n o el ocultamiento de las condiciones del suelo.<\/p>\n\n\n\n<p>Oportunamente, se cite a declaraci\u00f3n indagatoria a los imputados y se proceda conforme a derecho.<\/p>\n\n\n\n<p>Proveer de conformidad,<\/p>\n\n\n\n<p>SER\u00c1 JUSTICIA.<\/p>\n\n\n\n<p>Autor: Oscar Arnau<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En la tarde de este lunes se conoci\u00f3 la presentaci\u00f3n por parte de Concejales de la ciudad de Chajar\u00ed, integrantes de \u201cM\u00e1s para Entre R\u00edos\u201d, Roque Mary Dalpr\u00e1 y Mirian Etchevarne, de una denuncia penal por presunta \u201ccomisi\u00f3n del Delito de Abuso de Autoridad y Violaci\u00f3n de los Deberes de Funcionario P\u00fablico\u201d. 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