Una clienta fue víctima de estafa digital y le vaciaron las cuentas. La Justicia responsabilizó a la entidad por fallas en la seguridad y ordenó una millonaria indemnización.
El caso de phishing bancario con indemnización millonaria marcó un precedente judicial luego de que la Justicia civil condenara a una entidad financiera a pagar más de 26 millones de pesos a una clienta a la que le vaciaron sus cuentas mediante una estafa digital. El fallo consideró que el banco incumplió sus deberes de seguridad y protección al usuario.
La sentencia fue dictada por el Juzgado Civil y Comercial N° 4 y determinó que el fraude se produjo a partir de una maniobra de suplantación de identidad. La víctima recibió un correo electrónico falso que simulaba ser del banco y la inducía a ingresar sus datos de acceso al sistema.
Tras proporcionar la información solicitada, la mujer advirtió al día siguiente que se habían realizado transferencias no autorizadas por más de 3,7 millones de pesos, superando incluso los límites operativos habituales.
Fallas en la seguridad y responsabilidad del banco
Durante el proceso judicial, una pericia informática resultó determinante para reconstruir la maniobra. El análisis confirmó que el acceso a las cuentas se realizó desde direcciones IP extranjeras y en horarios inusuales, lo que debió haber activado alertas de seguridad.
El juez sostuvo que el sistema del banco permitió validar operaciones desde dispositivos y ubicaciones no habituales sin implementar bloqueos preventivos. En ese sentido, consideró que el riesgo tecnológico es propio de la actividad financiera y no puede trasladarse al cliente.
La entidad intentó desligarse al argumentar que la usuaria había facilitado sus claves, pero la resolución rechazó esa postura. El tribunal entendió que las técnicas de phishing forman parte de los riesgos previsibles que deben ser gestionados por el banco.
Incumplimientos y falta de respuesta
Otro de los aspectos cuestionados fue la conducta posterior de la entidad. La clienta denunció el hecho, envió una carta documento y realizó una presentación penal, pero no obtuvo respuestas satisfactorias ni la restitución del dinero.
El magistrado valoró negativamente que el banco cerrara el reclamo interno atribuyendo la responsabilidad a la víctima, sin acreditar una investigación exhaustiva ni acciones concretas para recuperar los fondos.
También remarcó que el deber de información no se limita a advertencias generales, sino que exige alertas específicas y en tiempo real ante movimientos sospechosos, lo que no ocurrió en este caso, publicó Infobae.
Indemnización millonaria y mensaje al sistema financiero
El fallo estableció una indemnización que incluye el monto sustraído, una suma por daño moral y una sanción adicional en concepto de daño punitivo. En total, la condena supera los 26,7 millones de pesos.
El juez consideró probado el impacto emocional y económico sufrido por la víctima, quien perdió sus ahorros y vio afectados sus proyectos personales. También destacó la pérdida de confianza en el sistema financiero.
La resolución remarcó que la seguridad en la banca digital es una obligación institucional y no una carga del usuario. En ese sentido, buscó enviar un mensaje al sector sobre la necesidad de fortalecer los mecanismos de prevención ante fraudes electrónicos.
Un precedente en medio del avance de las estafas digitales
El caso puso en primer plano el debate sobre los estándares de seguridad en servicios bancarios digitales, en un contexto donde crecen las transacciones electrónicas y también los delitos informáticos.
La sentencia reafirmó que la relación entre el banco y el cliente está alcanzada por la Ley de Defensa del Consumidor, al considerar que los sistemas de seguridad forman parte del servicio ofrecido.
De esta manera, el fallo no solo reparó el daño individual, sino que estableció un criterio que podría influir en futuros casos similares, reforzando la responsabilidad de las entidades financieras frente a fraudes digitales.


