En paralelo a los reclamos que presentó la provincia por los fondos de la Caja de Jubilaciones y Pensiones; se planteó una acción de inconstitucionalidad por las remesas que Nación devuelve por la energía que produce la Represa de Salto Grande.

El recurso judicial ante la Corte Suprema refiere a una “ruptura del sinalagma contractual del pacto intrafederal, y solicita la fijación de un nuevo sistema de remuneración de la central hidroeléctrica salto grande para restablecer su sentido reparatorio y una indemnización por los daños y perjuicios sufridos”.

La provincia reclama a la Corte que declare la inconstitucionalidad de varias resoluciones de la Secretaría de Energía de la Nación, y reestablezca un criterio sustentable de fijación de precios de la energía de Salto Grande equiparable al esquema de precios vigente “desde la firma del Pacto Intrafederal hasta el año 2013, oportunidad en que fue afectado por la Resolución N° 95/2013 de la Secretaría de Energía de la Nación, de acuerdo a la fórmula propuesta en el acápite correspondiente del presente memorial; y restablecido el valor de la energía según los criterios planteados, se lo aplique retroactivamente a fin de determinar y recomponer los daños y perjuicios sufridos por la Provincia de Entre Ríos por los períodos no prescriptos hasta la fecha de interposición de la presente”.

El recurso judicial planteado habla de los perjuicios que sufrió y sufre Entre Ríos y su población desde que el Gobierno nacional decidiera instalar la represa de Salto Grande; describió el “trasplante” de Federación; el impacto demográfico en Concordia; la inundación de 78.300 hectáreas productivas; la infraestructura de valor social y cultural bajo agua; la retención de agua estancada, contaminada, la erosión costera, entre otros aspectos.

El recurso judicial muestra la variación de precios de la energía que estableció Cammesa para Salto Grande a lo largo de los últimos años.

“Surge claro que actualmente se le está pagando solo una tercera parte de lo que Salto Grande cobraba en promedio desde 1998 hasta 2013, momento en que comenzó ese proceso continuo y deliberado de apropiación de los excedentes de Salto Grande”. A la baja del precio del despacho de Salto Grande le siguió, lógica e inevitablemente, una importante reducción de los excedentes que le corresponden a las provincias damnificadas”.

“Los ingresos totales desde 2010 hasta la fecha por la operación de la Central Hidroeléctrica resultaron de USD 1141 millones. No obstante, a partir de la Resolución SEN N° 95/2013 y sus posteriores modificatorias, que establecieron una remuneración fija actualizable trimestralmente de las hidroeléctricas binacionales por fuera del régimen de remuneración al precio spot del mercado (de unos 33 USD/MWh), provocó una pérdida de remuneración por producción de la central Salto Grande de más de USD 700 millones en el período”.

En el petitorio que hizo la provincia, se solicita a la Corte que ordene una pericia ambiental, una contable, una socioambiental, una pericia técnica interdisciplinaria, se propone un consultor técnico y la producción de testimoniales.

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